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xMaestrías: Info. general para los Maestrantes  
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Reglamento para la obtención del Título de Magíster en Ciencias Internacionales.

Art.1.- Para la obtención del Titulo de Magíster en Ciencias Internacionales y Diplomacia previsto en el Estatuto y Reglamento de la Maestría aprobada por el CONESUP, el maestrante matriculado en la carrera al concluir el 4to. nivel de la misma presentará a consideración de la Comisión Académica el tema de la tesis con el sumario descriptivo de su contenido y fuentes bibliográficas e informativas a consultar, con indicación de autores y edición.

Art. 2.- Con la petición antes indicada la Secretaría del Instituto informará y anexará la certificación sobre el cumplimiento del aspirante del porcentaje de asistencia mínima a las clases dictadas a lo largo de todos los niveles.

Art. 3.- La Comisión Académica una vez recibidos el petitorio del aspirante y la indicada certificación de Secretaría, procederá a designar al docente de la materia afín al tema propuesto, enviándole los documentos presentados para que emita su informe en un plazo no mayor de 10 días, contados desde la notificación que se le haga. El informe deberá ceñirse obligatoriamente a la guía preestablecida.

Art. 4.- Presentado el informe del docente, la comisión académica lo aprobará y procederá a designar el Tutor de entre los profesores del postgrado, quién tendrá a su cargo la guia y asesoría académica al aspirante a fin de encausarlo en su trabajo dentro del marco metodológico y asistemático apropiado.

Art. 5.- La tesis deberá ser escrita en papel oficio a 2 espacios y con una extensión no menor de 40 ni mayor de 60 páginas de texto.

En la primera página del trabajo de tesis el autor debe suscribir la siguiente declaración "La autoría y responsabilidad de la presente tesis corresponde al autor"

Toda cita o transcripción que se haga en la tesis, deberá constar al final de la página pertinente con designación de autor, título de la obra, página correspondiente y año de edición.

En caso de cuadros estadísticos o gráficos, la referencia se hará al pie del mismo.

Art. 6.- Culminada la tesis el Tutor presentará a la Comisión Académica, el informe sobre la tesis realizada por el alumno, comunicado la recomendación para su aprobación, denegación o reforma.

De creerlo conveniente la Comisión Académica solicitará al docente asignado la ampliación del informe en la parte que considere conveniente. En caso que el docente asignado presentrare informe negativo, la Comisión dispondrá devolver el expediente al aspirante, pudiendo presentar un nuevo tema para su tesis después de 60 días de comunicada la negativa.

Art. 7.- A partir de los 60 días de que le fue asignado el tutor, el aspirante podrá presentar a la Comisión Académica con el visto bueno del indicado tutor, la tesis terminada en 3 ejemplares sin empastar, para su aprobación final.

Aprobada la tesis la Comisión Académica designará el tribunal para la sustentación que estará integrado por tres profesores incluido el tutor docente.

Art. 8.- La sustentación se efectuará en día y hora que señale el Consejo Directivo y será calificada por el Tribunal, considerándose aprobada si obtuviere la calificación de 8 a 10 y reprobada con notas inferiores.

La exposición de la tesis tendrá una duración de 20 minutos por el aspirante, terminada la exposición el Tribunal procederá a examinar al aspirante con preguntas relativas al tema expuesto.

La incorporación al Titulo de Magíster podrá ser individual o colectiva ante el Consejo Directivo.

Art. Final.- Toda situación que no esté contemplada en el presente Reglamento será resuelta por el Consejo Directivo.

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